Leyendo todas vuestras opiniones una cosa tengo clara....la mia a algunos les va a resultar tan simple, absurda, coherente, fuera de lugar, estupida, etc......como a mi me han parecido algunas de las vuestras jejeje. Venga, buen rollo q ya se q he empezado algo tenso
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Primero. La legalidad, que si, que lo pone la ley. Pero lo pone para clasificar vehículos, no para decirnos a la velocidad q tenemos a la q tenemos q ir.
Segundo. Q la administración haga esa clasificación no tiene q ser óbice para que las marcas se afarren a eso para no atender los defectos de su motor. Q no fueron diseñados para asisitir hasta 10, 20 ó 30km/h.
Tercero. Aqui cada uno mira x como monta el y se la suda el resto. El q hace enduro le suele dar igual, al abuelete incluso a 25 ya cree q se va a matar....en fin....
Para terminar un ejemplo....hoy he salido a rodar con mi flaca atmosférica de 8kg, 40 km, velocidad media 23-24 km/h. He llaneado mas de 15 km por encima de 25, incluso tramos a 40 (fijaos que inconsciente!!!!) Y bajando ni te cuento....
Pues bien....quiero una flaca eléctrica. Para que?, diran algunos.....pues sencillo, para en vez de 40 hacer 70 pero exactamente a las mismas velocidades medias o para algun dia q se me atranque un puerto mantener la cadencia y sentirme mas pro.
Alguno dirá que es lo que hay, otros que soy un inconsciente, y yo lo que digo es que una flaca eléctrica cortando a 25 no me interesa, xq acabaria penando en el llano y x lo tanto lo mismo me cansaba lo mismo q con la atmosferica.
Y esto puede valer perfectamente para ebikes para xc, que mira q decir q ir por pistas de tierra a mas de 25 es de locos.....jajaja
Y luego el q te dice q salgas solo con gente con ebike, y claro, todos limitados.....
No tenemos remedio amigos.....ahora ademas de la polarizacion de atmosféricos-electricos tenemos la de limitados-deslimitados jajajajjjj