El Seprona dice que la acción de los ciclistas es sancionable al ir por un sendero que no está clasificado como GR o PR y se apoya en el Decreto 8/2008 del Consell por el que se regula la circulación por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. Pero éste no dice explícitamente que un sendero tenga que ser de un tipo concreto:
Artículo 2. Circulación campo a través
Queda prohibida la circulación de todo tipo de vehículos campo a través, esto es, fuera de las pistas y sendas forestales. No obstante, queda excepcionada la prohibición anterior cuando la circulación de vehículos campo a través sea necesaria para realizar funciones de vigilancia, ejecutar trabajos autorizados, en especial los relacionados con el mantenimiento y aprovechamiento del monte y en los casos de emergencia o de fuerza mayor.
Artículo 3. Pistas y sendas forestales
1. A los efectos del presente Decreto se entiende por pista forestal quella vía de comunicación que discurre total o parcialmente por áreas forestales y por la que pueden circular vehículos de cuatro ruedas. Su finalidad fundamental es dar servicio para la protección, la vigilancia y el aprovechamiento de los terrenos forestales, en especial facilitar el acceso para llevar a cabo actividades cinegéticas y piscícolas y de agricultura de montaña. Asimismo, tienen aquella consideración las vías de saca o las que se habiliten para un aprovechamiento u obra temporal. Se excluyen todas las vías de la red de carreteras.
2. De igual modo, a los efectos del presente Decreto, se consideran sendas forestales aquellas vías o caminos que discurran total o parcialmente por terrenos forestales, cuya anchura o trazado no permitan la circulación de vehículos de cuatro ruedas. Su finalidad fundamental es la recreativa, sin merma de posibles funciones de protección, aprovechamiento y vigilancia del monte.
Es decir, la norma dice que se prohibe circular campo a través, fuera de pistas y sendas forestales, y luego define esos dos conceptos. Pero en ningún momento habla de su clasificación, señalización o algo así...
Dejo por último este comunicado del IMBA Comunidad Valenciana, del que cabe destacar que, por lo visto, en 2012 y 2013 el Seprona ya efectuó denuncias en una senda forestal de la misma zona y los denunciados ganaron todos y cada uno de los recursos presentados.
"Desde IMBA-CV nos hacen llegar este comunicado como respuesta a las últimas noticias que nuestro colectivo ha recibido estos días:
- El colectivo de ciclistas de montaña nos hemos encontrado con una sorpresa muy desagradable este pasado fin de semana, en forma de denuncias masivas a compañeros que circulaban por una conocida senda forestal de la Serra Llarga de Elx.
Salir a practicar nuestro deporte favorito por todo tipo de caminos, incluyendo las sendas forestales, parece que les molesta a algunos agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza y de la Conselleria competente en medio ambiente.
El acta de las denuncias practicadas contiene indefiniciones e importantes errores, que a un colectivo como el nuestro que lucha por la defensa del ciclismo de montaña, no se nos escapa, por lo que queremos denunciar públicamente, lo que nos parece una práctica abusiva a todas luces.
Las actas hacen referencia al Decreto 8/2008, por el que se regula la circulación de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. Cabe recordar que la redacción final de este Decreto de carácter autonómico, tuvo en cuenta las alegaciones presentadas por nuestro colectivo, que reivindicó su espacio en las sendas forestales como un colectivo más, y plantó cara decididamente con manifestaciones multitudinarias, hace ahora once años.
Gracias a la movilización y a las alegaciones presentadas por IMBA (International Mountain Bicycling Association), el Decreto recoge en parte, el sentir ciclista, y permite la libre circulación de bicicletas de montaña por cualquier senda y pista forestal de la Comunitat Valenciana, siempre y cuando no discurra por algún Espacio Natural Protegido que contenga legislación aplicable propia, o exista prohibición expresa por causas justificadas.
La Serra Llarga no ostenta ninguna figura de protección, y la senda forestal en cuestión no cuenta con prohibición expresa por motivos ambientales o de cualquier otra índole, que pudiese conllevar un posible cierre (temporal o total), y que en caso de existir debería estar indicado de manera adecuada, visible, de modo oficial y bajo criterios
técnicos, no solo para el uso de bicicletas, sino para cualquier desplazamiento por ella (a pie, a caballo…). Además, el lugar donde se llevaron a cabo las denuncias no es campo a través, sino una senda forestal preexistente, con antigüedad-uso de bastantes años por todo tipo de usuarios.
Por todo ello parece que tanto SEPRONA como Conselleria, han querido cargar contra el colectivo de manera muy poco rigurosa, amparándose en homologaciones que la legislación no contempla como obligatorias para circular por espacios sin figuras de protección ambiental.
Hablar de un hipotético catálogo de senderos en el que contener toda la actividad ciclista, no consideramos que sea ninguna solución, más bien al contrario, pues generaría demasiada presión sobre ciertas zonas. Por eso desde IMBA apostamos por el uso compartido y respetuoso entre usuarios, y por el mantenimiento y pervivencia de las sendas forestales por parte de todos los colectivos montañeros, junto con la Administración.
Es un completo error manifestar desde la autoridad pública, que las sendas forestales que no han sido homologadas como sendero de Pequeño Recorrido (PR), o Gran Recorrido (GR), son ilegales para el tránsito ciclista.
Como agravante a esta situación, se da la circunstancia que el propio SEPRONA ya efectuó denuncias en 2012 y 2013 en la la zona en una senda forestal, y los denunciados ganaron todos y cada uno de los recursos presentados. ¿Qué más necesitan para darse cuenta que la interpretación y aplicación de la normativa la han vuelto a realizar de modo equivocado?.
Alguien tiene que asumir responsabilidades, anunciar públicamente el error, doblemente causado por el modo en el que ha sido redactada la noticia en la prensa, y deshacer de una vez por todas esa imagen de colectivo ingrato y antinatural que le han colgado injustamente al ciclismo de montaña.
Y es que, nada más lejos de la realidad, el ciclismo de montaña es uno de los deportes que más unión genera hacia la montaña entre sus practicantes. Y volvemos a recordar una vez más, que el ciclismo de montaña, sin sendas forestales, no es ciclismo de montaña.
IMBA-CV"